La semana que acaba ha dejado dos entradas en Actibva sobre la tributación en el IRPF de la
exención por reinversión en vivienda habitual a partir de 2011 y la fiscalidad de la
pensión compensatoria pasada al cónyuge y la
anualidad por alimentos después de la separación o divorcio.
En el caso de
separación o divorcio, si unos de los cónyuges se ve perjudicado en su situación económica tras la ruptura del matrimonio, tiene derecho a una pensión compensatoria que se fijará en
resolución judicial, que cuantificará a su vez la cuantía por alimentos a favor de los hijos. Además la legislación civil (y la ética) obliga recíprocamente a darse alimentos a cónyuges, descendientes y ascendientes, así como a los hermanos en determinadas situaciones.
IRPF 2009: tributación de las pensiones compensatorias y anualidades por alimentos
El año 2011 va a marcar un antes y un después en la
tributación de la vivienda habitual; veremos que deja de tener ventajas fiscales la compra de una vivienda habitual según la renta y analizaremos si hay cambios en la actual exención por reinversión en vivienda habitual.
La exención por reinversión en vivienda habitual a partir de 2011
IRPF 2009: exención por reinversión en vivienda habitual
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